¿Boda civil o religiosa?

¿Boda civil o religiosa?

¡Hola de nuevo mis little brides!

Seguramente os habéis planteado esta pregunta alguna vez ¿nos casamos por lo civil o con una ceremonia religiosa? 

Existen muchas dudas en materia de derecho matrimonial, cada una es diferente y dependerá de los requisitos de cada pareja. Por lo tanto, no os puedo recomendar ninguna de ellas ya que interfieren motivos personales, religiosos o de otro tipo de elección pero en este post veremos las similitudes y diferencias que presentan los dos estilos de boda más representativos.

Tanto el matrimonio civil como el matrimonio católico tienen los mismos efectos: cambiar el estado civil de la pareja.  

La principal diferencia entre casarse en una boda civil o una boda religiosa es que en una ceremonia civil te casas a los ojos de la ley, por eso puede realizarse en cualquier lugar que te imagines como en la playa, en una masía o incluso en la finca de tu familia mientras que una boda religiosa te casas ante los ojos de Dios y se celebra en edificios católicos como iglesias, catedrales o capillas. En ésta, el guión del enlace es estricto ya que viene todo pautado: el orden de los actos, que va después de qué…. En cambio, si tenéis pensado diseñar vuestra boda de forma original y creativa, sin duda, una boda civil es vuestra mejor opción.

La boda civil funciona como un mero contrato, generando derechos y obligaciones que deben cumplirse para evitar repercusiones legales y, además, como todo contrato, puede disolverse. Sin embargo, el matrimonio religioso tiene también una connotación espiritual que hace que, por ejemplo en el caso del católico, no pueda disolverse con tanta facilidad. Por eso puede ocurrir que una pareja esté divorciada legalmente a ojos del Estado, pero no de la Iglesia o de la institución religiosa a la que pertenezca. 

La celebración de una boda civil conlleva algunos costes como el notario, juez, alcalde… que pueden variar en función del lugar. En cambio,  en el caso del matrimonio religioso, en general no conlleva ningún coste fijo aunque suele darse un donativo.

A efectos legales tanto el matrimonio civil como el católico deben ser registrados, por lo que después de acudir a la Iglesia tocará ir al Juzgado o Ayuntamiento para realizar el comunicado de la unión realizada. Es decir, aunque la boda sea religiosa, normalmente irá acompañada del mismo trámite que una boda civil, ya que es necesaria su inscripción en el Registro Civil. 

Documentación necesaria

¡Nos casamos por lo civil!

  1. Certificado de nacimiento de cada uno. Para solicitarlo debéis acudir al Registro Civil del lugar de nacimiento de cada uno.
  2. Documento de certificación de soltería de cada uno de los contrayentes. También podréis solicitarlo en el Registro Civil del lugar de nacimiento.
  3. Para poder identificaros como residentes del país, habrá que aportar una fotocopia del DNI, el Pasaporte o Tarjeta de residencia.
  4. Certificado de empadronamiento válido, para solicitarlo debéis hacerlo en el Ayuntamiento del lugar dónde residáis.
  5. Por último, en el Registro Civil, cuando vayáis a solicitar el matrimonio os facilitarán una solicitud, deberéis cumplimentarla tanto vosotros como los testigos, aportando también su DNI o Pasaporte.

¡Nos casamos por la iglesia!

Importante: Debéis acudir a la iglesia donde queráis celebrar vuestro compromiso con varios meses de antelación, cuánta más mejor. Para poder dar viabilidad al compromiso debéis presentar al párroco o cura que oficie la boda los siguientes documentos además de ir acompañados por un testigo por contrayente:

  1. Justificante que valide la realización de los cursillos prematrimoniales. Por norma general, es la propia iglesia la que se encarga de organizarlos.
  2. Fotocopia del DNI, el Pasaporte o Tarjeta de residencia, que identifique a cada uno de los contrayentes.
  3. Certificado de nacimiento de cada uno. Disponible en el Registro civil.
  4. Ya que es una ceremonia religiosa, se precisará la presentación del certificado de bautismo. Está la podréis solicitar en la iglesia donde fuisteis bautizados. Es aconsejable pedirla con varios meses de antelación pues es un trámite que sigue un proceso lento. Hay algunos curas o iglesias, que podrán exigir otros documentos de validez religiosa como es el certificado de comunión o confirmación.

 

¡Espero que os haya servido este post! Ahora solo falta decidir cuál ponéis en marcha vosotros…. 😉 

¡Hasta la semana que viene!

 

xoxo,

Mis little bride

Deje una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *